Abogados Especialistas en Delito de Malversación en Barcelona
En INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona somos abogados especialistas en delito de malversación en Barcelona.
La mayor garantía de nuestro éxito es que el socio fundador del despacho, Carlos Belmonte, ha sido reconocido profesionalmente por el directorio internacional BEST LAWYERS como uno de los mejores abogados penalistas de España.
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El delito de malversación en el Código Penal
El delito de malversación se encuentra regulado en los artículos 432 a 435 del Código Penal.
Como abogados especialistas en delito de malversación en Barcelona, cabe señalar que el bien jurídico protegido por este delito es el deber de fidelidad o lealtad del funcionario en la custodia de los caudales públicos, así como el patrimonio público.
La conducta típica del delito de malversación
En nuestra condición de abogados especialistas en delito de malversación en Barcelona, cabe señalar que el artículo 432 del Código Penal castiga a la autoridad o funcionario público que, con ánimo de lucro, se apropie o consienta que un tercero se apropie del patrimonio público que tenga a su cargo por razón de sus funciones.
Para este delito, el Código Penal prevé la imposición de una pena de prisión de dos a seis años, inhabilitación especial para cargo o empleo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo de seis a diez años.
Abogados Expertos en Delito de Malversación en Barcelona
En INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona somos abogados expertos en delito de malversación en Barcelona.
Delito agravado de malversación
El apartado segundo del artículo 432 del Código Penal prevé un delito agravado de malversación para los casos en que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
- Se cause un daño o entorpecimiento grave al servicio público
- El valor del perjuicio causado o del patrimonio público apropiado exceda de 50.000 euros
- Las cosas malversadas fueran de valor artístico, histórico, cultural o científico, o se trate de efectos destinados a aliviar alguna calamidad pública
Como abogados expertos en delito de malversación en Barcelona, cabe señalar que, para estos supuestos, el Código Penal prevé una pena de prisión de cuatro a ocho años e inhabilitación absoluta de diez a veinte años. Asimismo, si el perjuicio causado o el patrimonio público apropiado exceden de 250.000 euros, se impondrá la pena de prisión en su mitad superior, pudiendo llegar hasta la superior en grado.
El delito de malversación sin ánimo de apropiación
El artículo 432 bis del Código Penal castiga la malversación en los supuestos en que el autor no tiene por finalidad apropiarse del patrimonio distraído.
En este sentido, se castiga a la autoridad o funcionario público que, sin ánimo de apropiárselo, destinare a usos privados el patrimonio público puesto a su cargo por razón de sus funciones.
Como abogados expertos en delitos de malversación en Barcelona, podemos señalar que, para este delito, el Código Penal prevé una pena de prisión de seis meses a tres años y suspensión de empleo o cargo público de uno a cuatro años.
En INTERPENAL, como despacho de abogados expertos en delitos de malversación, intervenimos en los procedimientos penales seguidos por delito de malversación.
Mejores Abogados de Delitos de Malversación en Barcelona
INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona es un despacho formado por los mejores abogados de malversación en Barcelona
Nuestro objetivo principal es garantizar la mejor defensa penal de nuestros clientes, por lo que somos considerados como un despacho de los mejores abogados de malversación en Barcelona.
Si tiene cualquier problemática relacionada con el delito de malversación de caudales públicos, llámenos y nuestro equipo de mejores abogados de malversación en Barcelona le atenderá inmediatamente para analizar su situación.
Premios como mejores abogados de delitos de malversación en Barcelona
El prestigioso directorio internacional BEST LAWYERS ha reconocido al socio fundador del despacho, Carlos Belmonte, como uno de los mejores abogados penalistas de España, siendo considerados un despacho de los mejores abogados de malversación en Barcelona.
Jurisprudencia del delito de malversación
La Sentencia de la Audiencia Provincial de Islas Baleares número 13/2017, de 17 de febrero, establece lo siguiente:
“El delito de malversación de caudales públicos requiere la concurrencia de los siguientes elementos:
1) El autor debe ser funcionario público en los términos del artículo 24 del Código Penal, o resultar asimilado a la condición de funcionario por la vía del art. 435.
2) Como segundo elemento, de naturaleza objetiva, los efectos o caudales, en todo caso de naturaleza mueble, han de ser públicos. Es decir, deben pertenecer y formar parte de los bienes propios de la Administración Pública, cualquiera que sea el ámbito territorial o funcional de la misma.
3) El tercer elemento se refiere a la especial situación en que debe encontrarse el funcionario respecto de tales caudales o efectos públicos. Estos deben estar “a su cargo por razón de sus funciones.”, dice el propio tipo penal (…).
4) Como cuarto y último elemento, la acción punible a realizar consiste en “sustraer o consentir que otro sustraiga”, lo que equivale a una comisión activa o meramente omisiva -quebrantamiento del deber de impedir- que equivale a una apropiación sin ánimo de reintegro, lo que tiñe la acción como esencialmente dolosa- elemento subjetivo del tipo-, y una actuación en la que ahora el tipo incluye el ánimo de lucro.”