Abogados Amenazas Barcelona

INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona es un despacho de abogados de amenazas en Barcelona. Nuestra profesionalidad como abogados de amenazas en Barcelona conlleva que intervengamos con éxito en procedimientos penales seguidos por delito de amenazas ante los Juzgados y Tribunales de Barcelona.

Abogados especialistas en amenazas en Barcelona

En INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona somos abogados especialistas en amenazas en Barcelona.

La mayor garantía de nuestro éxito es que el socio fundador del despacho, Carlos Belmonte, ha sido reconocido profesionalmente por el directorio internacional BEST LAWYERS como uno de los mejores abogados penalistas de España.

El delito de amenazas en el Código Penal

El delito de amenazas se encuentra regulado en los artículos 169 a 171 del Código Penal.

Como abogados especialistas en amenazas en Barcelona, podemos afirmar que el bien jurídico protegido por este delito es la libertad individual, entendiéndose por tal la capacidad de formar una decisión propia.

Modalidades del delito de amenaza

En el ámbito penal, la acción de amenazar consiste en exteriorizar un propósito de causar un mal a la víctima, a sus familiares o a otras personas con las esté íntimamente vinculado.

Como abogados especialistas en amenazas en Barcelona, cabe destacar que el Código Penal distingue dos modelos de amenaza:

  • Las amenazas cuyo mal anunciado está tipificado como delito.
  • Aquellas amenazas cuyo mal no constituye delito.
  • Abogados Amenazas Barcelona
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Hemos sido reconocidos profesionalmente por el directorio internacional BEST LAWYERS como uno de los mejores abogados penalistas de España durante cuatro años consecutivos.
Carlos Belmonte. CEO y socio fundador

La mayor garantía de éxito

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93 343 70 40 / 609 73 58 58 (atención 24h).
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Abogados expertos en amenazas en Barcelona

En INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona somos abogados expertos en amenazas en Barcelona.

La amenaza cuyo mal está tipificado como delito

Este primer grupo de amenazas se regulan en el artículo 169 del Código Penal.

Este precepto castiga al que amenazare a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado un mal que constituya delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico.

Como abogados expertos en amenazas en Barcelona, cabe señalar que, cuando la amenaza realizada exija una cantidad o imponiendo una o varias condiciones, aunque estas condiciones no sean delito y el culpable consigue su objetivo, será castigado con la pena de uno a cinco años de prisión.

De lo contrario, si el culpable no consigue su objetivo, la pena de prisión será inferior y oscilará de los seis meses a tres años.

Asimismo, si la amenaza realizada no fuera condicional, se castigará con la pena de prisión de seis meses a dos años.

La amenaza cuyo mal no constituye delito

Este segundo grupo de amenazas están reguladas en el artículo 171 del Código Penal.

Como abogados expertos en amenazas en Barcelona, cabe destacar que estas amenazas son aquellas cuyo mal no constituye delito y se castigarán con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses, atendidas la gravedad y circunstancia del hecho, siempre y cuando la amenaza fuere condicional y la condición no consistiere en una conducta debida.

Si el culpable hubiere conseguido su propósito, se le impondrá la pena en su mitad superior.

En INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona, como despacho de abogados expertos en amenazas en Barcelona, intervenimos en los procedimientos penales seguidos por delito de amenazas.

Mejores abogados de amenazas en Barcelona

INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona es un despacho formado por los mejores abogados de amenazas en Barcelona

Nuestro objetivo principal es garantizar la mejor defensa penal de nuestros clientes, por lo que somos considerados como un despacho de los mejores abogados de amenazas en Barcelona.

Si tiene cualquier problemática relacionada con el delito de amenazas, llámenos y nuestro equipo de mejores abogados de amenazas en Barcelona le atenderá inmediatamente para analizar su situación.

Premios como mejores abogados de amenazas en Barcelona

El prestigioso directorio internacional BEST LAWYERS ha reconocido al socio fundador del despacho, Carlos Belmonte, como uno de los mejores abogados penalistas de España, siendo considerados un despacho de los mejores abogados de amenazas en Barcelona.

Jurisprudencia del delito de amenazas

La Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Penal) de 5 de mayo de 2003 establece lo siguiente:

“La amenaza ha de tratarse de una conminación dirigida a una persona consistente en el anuncio de causarle a ella o cualquier miembro de su familia o persona íntimamente vinculada a ella, un mal que, no siendo condicional, sí sea determinado y constitutivo de alguno de los delitos enumerados en el artículo 169.1, y además, futuro, más o menos inmediato, injusto, posible, dependiente en su realización de la voluntad del sujeto activo, y capaz de producir en el sujeto pasivo un sentimiento de inquietud, desasosiego o intranquilidad, aunque el mismo no llegue a producirse, pues el bien jurídico protegido es, según otro de los fundamentos de derecho de esa sentencia, la libertad personal y el derecho al sosiego y a la tranquilidad personal en el desarrollo normal y cotidiano de la vida de toda persona, consumándose el delito aunque esa intranquilidad no llegue a producirse (pues estamos ante uno de los llamados “delitos de peligro presunto”), y debiéndose hablar de delito agotado en el caso de que el autor llegue a conseguir su propósito de causar tal desasosiego, inquietud, y por supuesto miedo; siendo el delito de amenazas de carácter circunstancial que hace que la valoración jurídica de la acción desarrollada deba analizarse desde las expresiones proferidas, las acciones ejercidas, el contexto en el que se vierten, las condiciones del sujeto pasivo y activo y cuantas circunstancias contribuyan a la valoración contextual del hecho.”

Qué opinan nuestros clientes

Manuel L
Manuel L
2024-01-25
Ni la mejor campaña de marketing podría superar a la realidad, hablar de los servicios jurídicos que ofrece este bufete es hablar de EXCELENCIA. Tuve la gran fortuna de ser representado y defendido en un juicio muy difícil para mí por el SR. BELMONTE, del cual destacaría de entre sus numerosas cualidades su excelente profesionalidad, basada en un trabajo expeditivo, de elevada y rigurosa calidad y en continuo contacto con el cliente ofreciéndole a su vez un trato muy humano, el cual genera un ambiente de mucha confianza desde el primer momento. Siempre le estaré muy agradecido a este magnífico abogado por lo bien que defendió mis intereses. A quien busque a un abogado penalista de garantía sólo le diría que solicite una primera entrevista con él y con total seguridad dará crédito a mis palabras.
Carmen Medigall
Carmen Medigall
2023-11-21
Recomiendo este bufete de abogados, me atendió Joan Recoder. Muy profesional y de gran amabilidad. Estoy muy satisfecha de haber contado con sus servicios.
Marc Creus
Marc Creus
2023-04-05
Mi más sincero agradecimiento para el despacho. Su manera de trabajar es totalmente profesional y el trato que tienen con el cliente es muy bueno en todo momento. Un gran despacho de abogados penalistas.
JORDI ELIAS
JORDI ELIAS
2023-04-01
Un Trato excelente y una defensa excepcional y muy profesional. Si necesito de nuevo asesoramiento jurídico penal no lo dudaré… repetiré con Belmonte & sugrañes
adela pérez
adela pérez
2023-03-31
Un equipo profesional especializado cuyo trabajo se basa en el conocimiento y la experiencia de veinte años. Su trabajo es impecable: riguroso, comprometido y eficaz, sin dar falsas esperanzas y con un trato fácil y cercano. Totalmente recomendable.
Eduard Guillera
Eduard Guillera
2023-03-30
Cuando necesité buscar un despacho de abogados penalistas en Barcelona, acabé eligiendo éste por la confianza y profesionalidad que me transmitió el abogado Carlos Belmonte desde el primer momento. La elección no pudo ser más acertada. Es un despacho penalista excepcional. Para mí, los mejores abogados penalistas que se pueden encontrar en Barcelona. Lo recomiendo al 100%.
Jordi Via Caballero
Jordi Via Caballero
2023-03-28
Un excelente despacho de abogados penalistas en Barcelona. Tanto Carlos Belmonte, como el resto del equipo, tuvieron una atención perfecta conmigo y me solucionaron el problema rápidamente.
Laura Marín Hernández
Laura Marín Hernández
2023-03-28
Recomiendo totalmente este despacho penalista. Actuaron de una manera absolutamente profesional desde un inicio y lograron conseguir un resultado incluso mejor de lo que me esperaba.
Miguel Angel Hernando Coello
Miguel Angel Hernando Coello
2023-03-27
Excelente despacho de abogados penalistas en Barcelona. Muy profesionales y con gran experiencia en derecho penal. Totalmente recomendable
Josep Arumí
Josep Arumí
2023-03-26
Tuve la fortuna de contactar con el despacho BELMONTE & SUGRAÑES. Tras la primera reunión con el sr. Carlos Belmonte ya me quede con la certeza de que estaba en buenas manos. El Sr. Carlos Belmonte como el Sr. Joan Recoder, me despejaron todas las dudas planteadas por mí. Su actuación profesional y rigurosa en todo el proceso, culmino con un resultado favorable a mis intereses. Muy agradecido con el trato y trabajo desarrollado.

Preguntas frecuentes

¿El delito de amenazas exige que la amenaza se haga directamente contra la víctima?

No. De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, sólo se requiere que la amenaza llegue al conocimiento de la víctima, lo que podrá ser de manera directa o indirecta.

¿Cómo se valora la gravedad o levedad de la amenaza a efectos del delito de amenazas?

Los criterios usados por la jurisprudencia para valorar la gravedad de la amenaza son su grado de seriedad, persistencia y credibilidad.

¿El delito de amenazas exige que la amenaza se exprese verbalmente?

No. De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, la amenaza puede exteriorizarse por escrito, por la gesticulación, o a través de un tercero, en función de las circunstancias concretas del caso.

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