Abogados Coacciones Barcelona

INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona es un despacho de abogados de coacciones en Barcelona. Nuestra profesionalidad como abogados de coacciones en Barcelona conlleva que intervengamos con éxito en procedimientos penales seguidos por delito de coacciones ante los Juzgados y Tribunales de Barcelona.

Abogados especialistas en coacciones en Barcelona

El delito de cohecho se encuentra regulado en los artículos 419 a 427 bis del Código Penal.
El bien jurídico protegido por este delito es la imparcialidad en el ejercicio de la función pública.

En INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona somos abogados especialistas en coacciones en Barcelona.

La mayor garantía de nuestro éxito es que el socio fundador del despacho, Carlos Belmonte, ha sido reconocido profesionalmente por el directorio internacional BEST LAWYERS como uno de los mejores abogados penalistas de España.

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Hemos sido reconocidos profesionalmente por el directorio internacional BEST LAWYERS como uno de los mejores abogados penalistas de España durante cuatro años consecutivos.
Carlos Belmonte. CEO y socio fundador

La mayor garantía de éxito

La mayor garantía del éxito en un proceso penal es contar con una excelente defensa jurídica.
Llámenos ahora y le atenderemos inmediatamente.
93 343 70 40 / 609 73 58 58 (atención 24h).
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El delito de coacciones en el Código Penal

El delito de coacciones se encuentra regulado en los artículos 172 a 172 quater del Código Penal.

Como abogados especialistas en coacciones en Barcelona, podemos afirmar que el bien jurídico protegido por este delito es la libertad individual, entendida como libertad de obrar. De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, la libertad de obrar consiste en la posibilidad de conducirse externamente de acuerdo con una decisión previamente adoptada.

Modalidades del delito de coacciones

El Código penal tipifica dos modalidades básicas del delito de coacciones: impedir a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, y compeler a un sujeto a efectuar lo que no quiere.

En nuestra condición de abogados especialistas en coacciones en Barcelona, cabe destacar que el elemento esencial que caracteriza ambas modalidades del delito de coacciones es la violencia o la intimidación.

Pena del delito básico de coacciones

La pena del delito básico de coacciones es la de prisión de seis meses a tres años o multa de doce a veinticuatro meses, en función de la gravedad de la coacción o de los medios empleados.

Abogados expertos en coacciones en Barcelona

En INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona somos abogados expertos en coacciones en Barcelona.

El delito atenuado de coacciones leves

Como abogados expertos en coacciones en Barcelona, podemos señalar que el artículo 172 prevé en su apartado tercero un subtipo atenuado para el caso de que la coacción sea de carácter leve, el cual comporta una pena de multa de uno a tres meses.

No obstante, hay ciertos supuestos de coacciones leves, contemplados en el apartado segundo del artículo 172, en que se prevé una pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días. En concreto, se trata de los casos en que de modo leve se coaccione a quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia, o a una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor.

Cuando este delito se perpetre en presencia de menores, o tenga lugar en el domicilio común o en el domicilio de la víctima, se impondrá la pena en su mitad superior.

El delito de coacciones para impedir la interrupción del embarazo

Como abogados expertos en coacciones en Barcelona, cabe señalar que, tras la reforma operada por la Ley Orgánica 4/2022, de 12 de abril, el Código Penal prevé en su artículo 172 quater una modalidad específica del delito de coacciones destinado a proteger a las mujeres que deciden interrumpir voluntariamente su embarazo, conocido como acoso antiabortista.

Este delito castiga con una pena de prisión de tres meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días al que, para obstaculizar el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, acose a una mujer mediante actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que menoscaben su libertad.

A su vez, se prevén las mismas penas para quien, del mismo modo, acose a los trabajadores del ámbito sanitario en su ejercicio profesional y al personal facultativo o directivo de los centros habilitados para interrumpir el embarazo con el objetivo de obstaculizar el ejercicio de su profesión o cargo.

En INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona, como despacho de abogados expertos en coacciones en Barcelona, intervenimos en los procedimientos penales seguidos por delito de coacciones.

Mejores abogados de coacciones en Barcelona

INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona es un despacho formado por los mejores abogados de coacciones en Barcelona

Nuestro objetivo principal es garantizar la mejor defensa penal de nuestros clientes, por lo que somos considerados un despacho de los mejores abogados de coacciones en Barcelona.

Si tiene cualquier problemática relacionada con el delito de coacciones, llámenos y nuestro equipo de mejores abogados de coacciones en Barcelona le atenderá inmediatamente para analizar su situación.

Premios como mejores abogados de coacciones en Barcelona

El prestigioso directorio internacional BEST LAWYERS ha reconocido al socio fundador del despacho, Carlos Belmonte, como uno de los mejores abogados penalistas de España, siendo considerados un despacho de los mejores abogados de coacciones en Barcelona.

Jurisprudencia del delito de coacciones

La Sentencia de la Audiencia Provincial de Vizcaya número 249/2004, de 10 de mayo, establece lo siguiente:

Los elementos que definen el delito de coacciones, tomando como referencia, por ejemplo, la STS de 29/99/99, son los siguientes:

1) Una conducta violenta de contenido material como vis física, o intimidatoria como vis compulsiva, ejercidas sobre el sujeto pasivo, ya sea de modo directo o de modo indirecto.

2) La finalidad perseguida, como resultado de la acción, es impedir hacer lo que la Ley no prohíbe o efectuar lo que no se quiere, sea justo o injusto.

3) Intensidad suficiente de la acción como para originar el resultado que se busca, pues de carecer de tal intensidad, podría dar lugar a la falta.

4) Intención dolosa consistente en el deseo de restringir la libertad ajena, lógica consecuencia del significado que tienen los verbos “impedir” o “compeler”.

5) Ilicitud del acto desde la perspectiva de las normas referentes a la convivencia social y al orden jurídico”

Qué opinan nuestros clientes

Manuel L
Manuel L
2024-01-25
Ni la mejor campaña de marketing podría superar a la realidad, hablar de los servicios jurídicos que ofrece este bufete es hablar de EXCELENCIA. Tuve la gran fortuna de ser representado y defendido en un juicio muy difícil para mí por el SR. BELMONTE, del cual destacaría de entre sus numerosas cualidades su excelente profesionalidad, basada en un trabajo expeditivo, de elevada y rigurosa calidad y en continuo contacto con el cliente ofreciéndole a su vez un trato muy humano, el cual genera un ambiente de mucha confianza desde el primer momento. Siempre le estaré muy agradecido a este magnífico abogado por lo bien que defendió mis intereses. A quien busque a un abogado penalista de garantía sólo le diría que solicite una primera entrevista con él y con total seguridad dará crédito a mis palabras.
Carmen Medigall
Carmen Medigall
2023-11-21
Recomiendo este bufete de abogados, me atendió Joan Recoder. Muy profesional y de gran amabilidad. Estoy muy satisfecha de haber contado con sus servicios.
Marc Creus
Marc Creus
2023-04-05
Mi más sincero agradecimiento para el despacho. Su manera de trabajar es totalmente profesional y el trato que tienen con el cliente es muy bueno en todo momento. Un gran despacho de abogados penalistas.
JORDI ELIAS
JORDI ELIAS
2023-04-01
Un Trato excelente y una defensa excepcional y muy profesional. Si necesito de nuevo asesoramiento jurídico penal no lo dudaré… repetiré con Belmonte & sugrañes
adela pérez
adela pérez
2023-03-31
Un equipo profesional especializado cuyo trabajo se basa en el conocimiento y la experiencia de veinte años. Su trabajo es impecable: riguroso, comprometido y eficaz, sin dar falsas esperanzas y con un trato fácil y cercano. Totalmente recomendable.
Eduard Guillera
Eduard Guillera
2023-03-30
Cuando necesité buscar un despacho de abogados penalistas en Barcelona, acabé eligiendo éste por la confianza y profesionalidad que me transmitió el abogado Carlos Belmonte desde el primer momento. La elección no pudo ser más acertada. Es un despacho penalista excepcional. Para mí, los mejores abogados penalistas que se pueden encontrar en Barcelona. Lo recomiendo al 100%.
Jordi Via Caballero
Jordi Via Caballero
2023-03-28
Un excelente despacho de abogados penalistas en Barcelona. Tanto Carlos Belmonte, como el resto del equipo, tuvieron una atención perfecta conmigo y me solucionaron el problema rápidamente.
Laura Marín Hernández
Laura Marín Hernández
2023-03-28
Recomiendo totalmente este despacho penalista. Actuaron de una manera absolutamente profesional desde un inicio y lograron conseguir un resultado incluso mejor de lo que me esperaba.
Miguel Angel Hernando Coello
Miguel Angel Hernando Coello
2023-03-27
Excelente despacho de abogados penalistas en Barcelona. Muy profesionales y con gran experiencia en derecho penal. Totalmente recomendable
Josep Arumí
Josep Arumí
2023-03-26
Tuve la fortuna de contactar con el despacho BELMONTE & SUGRAÑES. Tras la primera reunión con el sr. Carlos Belmonte ya me quede con la certeza de que estaba en buenas manos. El Sr. Carlos Belmonte como el Sr. Joan Recoder, me despejaron todas las dudas planteadas por mí. Su actuación profesional y rigurosa en todo el proceso, culmino con un resultado favorable a mis intereses. Muy agradecido con el trato y trabajo desarrollado.

Preguntas frecuentes

¿Qué se entiende por violencia a efectos del delito de coacciones?

La mayoría de la jurisprudencia dentro del concepto normativo de violencia del delito de coacciones tanto la violencia física, como la intimidación.

¿El delito de coacciones es un delito doloso o también puede cometerse por imprudencia?

El delito de coacciones es un delito que únicamente puede cometerse de manera dolosa, dado que no está prevista en el Código Penal su comisión imprudente.

¿Cuál es la pena del delito básico de coacciones?

La pena del delito básico de coacciones es la de prisión de seis meses a tres años o la de multa de doce a veinticuatro meses.

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