Abogados Cohecho en Barcelona

Abogados especialistas en cohecho en barcelona

INTERPENAL es un despacho penalista de abogados de cohecho en Barcelona. Nuestra profesionalidad como abogados de cohecho en Barcelona ha conllevado que hayamos resuelto con éxito numerosos procedimientos penales seguidos por delito de cohecho ante los Juzgados y Tribunales de Barcelona.

En INTERPENAL somos abogados especialistas en cohecho en Barcelona.

En el supuesto de que tenga cualquier consulta sobre esta materia, puede ponerse en contacto con el despacho y nuestros abogados especialistas en cohecho en Barcelona le atenderán inmediatamente.

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Hemos sido reconocidos profesionalmente por el directorio internacional BEST LAWYERS como uno de los mejores abogados penalistas de España durante cuatro años consecutivos.
Carlos Belmonte. CEO y socio fundador

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El delito de cohecho en el Código Penal

El delito de cohecho se encuentra regulado en los artículos 419 a 427 bis del Código Penal.

El bien jurídico protegido por este delito es la imparcialidad en el ejercicio de la función pública.

Modalidades de delito de cohecho

El Código Penal tipifica dos modalidades de delito de cohecho: el delito de cohecho pasivo y el delito de cohecho activo, según se refiera al funcionario que lo admite (pasivo) o al particular que lo ofrece (activo).

Abogados expertos en cohecho en barcelona

En INTERPENAL somos abogados expertos en cohecho en Barcelona, habiendo intervenido en complejos procedimientos penales seguidos tanto por delito de cohecho pasivo, como activo.

Cohecho pasivo

Como abogados expertos en cohecho en Barcelona, podemos señalar que el  Código Penal castiga a la autoridad o funcionario público que reciba o solicite, en provecho propio o de un tercero, dádiva, favor o retribución de cualquier clase para realizar un acto contrario a los deberes de su cargo, o para no realizar o retrasar un acto que debía practicar; así como a la autoridad o funcionario público que reciba o solicite dádiva, favor o retribución para realizar un acto propio de su cargo.

Las penas que recoge el Código Penal para este delito son las siguientes:

En el primer supuesto, prisión de tres a seis años, multa de doce a veinticuatro meses, e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a doce años.

En el segundo supuesto, pena de prisión de dos a cuatro años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de cinco a nueve años.

Asimismo, se castiga con idénticas penas a la autoridad o funcionario público que reciba o solicite la dádiva, favor o retribución como recompensa por las conductas descritas anteriormente.

El hecho de que una autoridad o funcionario público admita un regalo o dádiva ofrecidos en consideración a su cargo, es castigado con la pena de prisión de seis meses a un año y suspensión de empleo y cargo público de uno a tres años.

Cohecho pasivo

El delito de cohecho se cometerá también cuando el particular ofrezca o entregue dádiva o retribución de cualquier tipo a autoridad o funcionario público.

Abogados Cohecho en Barcelona

Mejores abogados penalistas de cohecho en barcelona

INTERPENAL es un despacho formado por los mejores abogados penalistas de cohecho en Barcelona.

Nuestro objetivo principal es garantizar la mejor defensa penal de nuestros clientes.

Si tiene cualquier problemática relacionada con el delito de cohecho, llámenos y nuestro equipo de mejores abogados penalistas de cohecho en Barcelona le atenderá inmediatamente para analizar su situación.

Excusa absolutoria en el delito de cohecho

Según dispone el Código Penal, quedará exento de responsabilidad penal el particular que, habiendo accedido a una solicitud de dádiva o recompensa realizada por parte de autoridad o funcionario público, denuncie el hecho ante los autoridades dentro de los primeros dos meses a la comisión del hecho delictivo, siempre que no se haya iniciado el procedimiento judicial con anterioridad.

Jurisprudencia del delito de cohecho

El Auto del Tribunal Supremo (Sala de lo Penal) de 17 de marzo de 2.017 establece lo siguiente:

«El delito del  artículo 422 del Código Penal exige la concurrencia de una serie de elementos para la afirmación del tipo. Así en la  Sentencia del Tribunal Supremo 323/2013 de 23 de julio, recurso de Casación 424/2012, decíamos: a) el ejercicio de funciones públicas por parte del sujeto activo, b) la aceptación por éste de dádiva o regalo, c) una conexión causal entre la entrega de esa dádiva o regalo y el oficio público del funcionario.

La utilización del término dádiva, añadiendo el vocablo regalo, es bien elocuente del deseo legislativo de despejar cualquier duda acerca de la innecesariedad de un significado retributivo, por actos concretos, que inspire la entrega del presente con el que se quiere obsequiar al funcionario receptor.

De ahí que no falten voces en la doctrina que adjudican al artículo 426 la naturaleza de delito de peligro abstracto, idea presente en algunos de los pronunciamientos de esta Sala, como la Sentencia del Tribunal Supremo 361/1998, 16 de marzo, en la que se afirma que, mediante la incriminación de esa conducta, se “protege la imagen del Estado de Derecho en el sentido de preservar la confianza pública en que los funcionarios ejercen sus funciones sometidos al imperio de la ley”.

Qué opinan nuestros clientes

Manuel L
Manuel L
2024-01-25
Ni la mejor campaña de marketing podría superar a la realidad, hablar de los servicios jurídicos que ofrece este bufete es hablar de EXCELENCIA. Tuve la gran fortuna de ser representado y defendido en un juicio muy difícil para mí por el SR. BELMONTE, del cual destacaría de entre sus numerosas cualidades su excelente profesionalidad, basada en un trabajo expeditivo, de elevada y rigurosa calidad y en continuo contacto con el cliente ofreciéndole a su vez un trato muy humano, el cual genera un ambiente de mucha confianza desde el primer momento. Siempre le estaré muy agradecido a este magnífico abogado por lo bien que defendió mis intereses. A quien busque a un abogado penalista de garantía sólo le diría que solicite una primera entrevista con él y con total seguridad dará crédito a mis palabras.
Carmen Medigall
Carmen Medigall
2023-11-21
Recomiendo este bufete de abogados, me atendió Joan Recoder. Muy profesional y de gran amabilidad. Estoy muy satisfecha de haber contado con sus servicios.
Marc Creus
Marc Creus
2023-04-05
Mi más sincero agradecimiento para el despacho. Su manera de trabajar es totalmente profesional y el trato que tienen con el cliente es muy bueno en todo momento. Un gran despacho de abogados penalistas.
JORDI ELIAS
JORDI ELIAS
2023-04-01
Un Trato excelente y una defensa excepcional y muy profesional. Si necesito de nuevo asesoramiento jurídico penal no lo dudaré… repetiré con Belmonte & sugrañes
adela pérez
adela pérez
2023-03-31
Un equipo profesional especializado cuyo trabajo se basa en el conocimiento y la experiencia de veinte años. Su trabajo es impecable: riguroso, comprometido y eficaz, sin dar falsas esperanzas y con un trato fácil y cercano. Totalmente recomendable.
Eduard Guillera
Eduard Guillera
2023-03-30
Cuando necesité buscar un despacho de abogados penalistas en Barcelona, acabé eligiendo éste por la confianza y profesionalidad que me transmitió el abogado Carlos Belmonte desde el primer momento. La elección no pudo ser más acertada. Es un despacho penalista excepcional. Para mí, los mejores abogados penalistas que se pueden encontrar en Barcelona. Lo recomiendo al 100%.
Jordi Via Caballero
Jordi Via Caballero
2023-03-28
Un excelente despacho de abogados penalistas en Barcelona. Tanto Carlos Belmonte, como el resto del equipo, tuvieron una atención perfecta conmigo y me solucionaron el problema rápidamente.
Laura Marín Hernández
Laura Marín Hernández
2023-03-28
Recomiendo totalmente este despacho penalista. Actuaron de una manera absolutamente profesional desde un inicio y lograron conseguir un resultado incluso mejor de lo que me esperaba.
Miguel Angel Hernando Coello
Miguel Angel Hernando Coello
2023-03-27
Excelente despacho de abogados penalistas en Barcelona. Muy profesionales y con gran experiencia en derecho penal. Totalmente recomendable
Josep Arumí
Josep Arumí
2023-03-26
Tuve la fortuna de contactar con el despacho BELMONTE & SUGRAÑES. Tras la primera reunión con el sr. Carlos Belmonte ya me quede con la certeza de que estaba en buenas manos. El Sr. Carlos Belmonte como el Sr. Joan Recoder, me despejaron todas las dudas planteadas por mí. Su actuación profesional y rigurosa en todo el proceso, culmino con un resultado favorable a mis intereses. Muy agradecido con el trato y trabajo desarrollado.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el cohecho propio y el cohecho impropio?

El cohecho propio tiene por objeto un acto contrario a los deberes inherentes al cargo. Por su parte, el cohecho impropio tiene por objeto un acto propio del cargo

¿Qué son los pagos de facilitación?

Los pagos de facilitación consisten en aquellos pagos realizados a funcionarios públicos para asegurar la ejecución de un trámite o acción necesaria a la que el pagador tiene derecho.

¿Los pagos de facilitación son delictivos?

Los pagos de facilitación pueden ser considerados delito de cohecho siempre que reúnan la totalidad de sus elementos típicos.

El mejor resultado posible gracias a la mejor defensa penal

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