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¿QUÉ SUCEDE SI NO PRACTICO LA PRUEBA DE ALCOHOLEMIA?
Ésta es una pregunta frecuente de muchos de los clientes que acuden a nuestro Despacho para que les defendamos ante una denuncia por conducir bajo los efectos del alcohol. ¿Puedo ser condenado por delito de alcoholemia si no he practicado la prueba de alcoholemia?
De esta manera, no resulta infrecuente encontrarnos con clientes que, habiendo sido requeridos por los agentes policiales para practicar una prueba de alcoholemia, se niegan bajo la creencia que, de esta manera, será imposible demostrar, posteriormente, en un procedimiento penal, que conducían con una ingesta de alcohol superior a la permitida legalmente.
Esta creencia, no obstante, resulta errónea.
LA PRUEBA DE ALCOHOLEMIA
El Tribunal Constitucional se ha pronunciado respecto a esta cuestión en varias de sus sentencias de manera unánime y reiterada.
Así, la jurisprudencia emanada por este Tribunal (por ejemplo, en sus Sentencias de 14-2-1992 o 19-9-1994, la cual es seguida por todos los tribunales penales, tiene declarado que la prueba de alcoholemia, si bien constituye el medio más idóneo para determinar una concreta concentración de alcohol, no es la única prueba que puede conllevar la condena, dado que la superación de los límites legalmente permitidos también puede acreditarse, en el proceso penal, mediante otros medios de prueba, como pueden ser las declaraciones testificales de los agentes policiales o de otras personas, así como de las circunstancias que rodearon la conducción.
CONCLUSIÓN SOBRE LA PRUEBA DE ALCOHOLEMIA
Tomando en consideración esta doctrina jurisprudencial, la conclusión que se alcanza es que el hecho de negarse a practicar la prueba de alcoholemia no impide que, en el proceso penal, pueda acreditarse el grado de impregnación alcohólica por estos otros medios de prueba, lo que deberá ser objeto de valoración por parte del Juez en el acto de Juicio oral.
En consecuencia, una persona puede ser condenada por delito de alcoholemia sin que se haya practicado la prueba de alcoholemia.
Además, el hecho de negarse a practicar la prueba de alcoholemia está tipificado como un delito independiente en el Código penal (concretamente, en su artículo 383), por lo que, en estos casos, la defensa penal puede llegar a ser más complicada.
Lo importante, en todo caso, es que este tipo de situaciones requiere contar, desde un inicio, con un abogado penalista especializado que garantice la defensa de sus derechos.
INTERPENAL es un despacho de Abogados Penalistas en Barcelona, cuyo socio fundador, Carlos Belmonte, ha sido reconocido por el prestigioso directorio BEST LAYWERS dentro de la categoría de mejores abogados penalistas de España.
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